En cumplimiento al Código Orgánico de Entidades Complementarias de Seguridad Ciudadana y Orden Público, la Empresa Pública de Movilidad, Tránsito y Transporte, EMOV EP, bajo las directrices del Alcalde de Cuenca, emitió hoy el nuevo Reglamento que Regula al Cuerpo de Agentes Civiles de Tránsito del Gobierno Autónomo Descentralizado del cantón Cuenca, convirtiéndose así en la primera empresa pública del país en tener su reglamento.

Pedro Palacios, alcalde de Cuenca, resaltó que, “más vale los hechos que palabras, y este reglamento garantiza el trabajo democrático que busca el beneficio colectivo”.

El Registro Oficial el Código Orgánico de las Entidades Complementarias de Seguridad Ciudadana y Orden Público, tiene por objeto regular la organización, funcionamiento institucional, regímenes de carrera profesional y administrativo-disciplinario del personal de las entidades de seguridad ciudadana y orden público; sus disposiciones son de aplicación obligatoria en todo el territorio nacional y rigen a los Agentes Civiles de Tránsito entre otras entidades.

Fabián Moscoso, gerente general de la EMOV EP, señaló que, con este proceso se beneficia a los ACT y a su vez a la ciudadanía, cumpliendo así con la meritocracia.

Es por ello, la necesidad de la implementación del reglamento que determinará deberes y obligaciones que derivan directamente a los cargos de los agentes civiles, entre ellos: Normativa Disciplinaria; Profesionalización, Tecnificación y Especialización; Desarrollo del plan de carrera de los Agentes Civiles de Tránsito del cantón Cuenca; Capacitación, Profesionalización, Tecnificación y Especialización permanente, en igualdad de condiciones,siendo estos los aspectos fundamentales para el fortalecimiento y accionar del cuerpo uniformado de Agentes Civiles de Tránsito.

Para Iván Carrión, presidente de la Asociación de los ACT de Cuenca, este es un gran paso para los agentes, ya que podrán crecer profesionalmente y lograr metas con su preparación y buen rendimiento en su trabajo y al servicio de la ciudadanía.

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